Las 6 preguntas del estudio geotécnico. ¿Es obligatorio?

En muchas ocasiones nos hemos visto ante la pregunta ¿Para qué sirve un estudio geotécnico? Y en no menos veces con la respuesta » eso es un sacacuartos de los ingenieros estos».

Esta entrada pretende contestar a esa pregunta de una manera clara, ayudando a entender por qué en su día la administración pública se vio obligada a exigirla y qué ventajas tiene cuando se realiza correctamente.

Antecedentes:

Durante los primeros años del boom de la construcción (2000-2005) la administración comprobó que se estaban construyendo muchas viviendas sin un criterio claro y un control suficiente que asegurase a los futuros propietarios disponer de un patrimonio duradero. Se seguían una serie de pautas y recomendaciones que, en muchos casos, quedaban anticuadas ante los nuevos avances en los sistemas constructivos. En el año 2006 publicó una normativa de obligado cumplimiento tanto en aspectos de seguridad y habitabilidad (Real Decreto 314/2006), conocido como el Código Técnico de la Edificación (C.T.E.)[1].

Paralelamente a esta ley se ha publicado una normativa de obligado cumplimiento que define las características del Hormigón estructural de cualquier estructura. Su versión más reciente es el Real Decreto 1247/2008 (E.H.E 2008)[2]. En ella se define que se debe estudiar el tipo de agresividad que tiene el suelo o el agua subterránea frente al hormigón estructural. En un futuro post comentaremos los distintos tipos de agresividades del suelo y agua subterránea y los métodos de análisis.[3]

¿Es obligatorio?

En la actualidad, la obligatoriedad del EG está recogida actualmente en las siguientes Normas:

  • Código Técnico de la Edificación CTE. Documento Básico SE-C Seguridad Estructural-Cimientos (R.D. 314/2006)
  • Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) (R.D. 1247/2008)

¿Es novedoso?

Desde las “Normas sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación” de 1971, del entonces Ministerio de la Vivienda, existen diversas normativas que hacen referencia, de forma más o menos extensa, al estudio o reconocimiento del terreno y a las características del mismo, y que tienen incidencia en el diseño, proyecto y ejecución de las cimentaciones (ver Anejo 1).

Las 6 preguntas del estudio geotécnico. ¿Es obligatorio?

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